Por: Jorge Maldonado Díaz

Quien sea sorprendido suministrando vapeadores y cigarros electrónicos a menores de edad estarán cometiendo un delito, lo anterior luego de que el pleno del Congreso Local aprobó reformas al Código Penal del Estado.

Los legisladores aprobaron por unanimidad el dictamen presentado por la Comisión de Justicia todo con el fin de proteger la salud de los niños, niñas y adolescentes.

De acuerdo con el dictamen en la actualidad la ley solo sancionaba el suministro de tabaco en menores de edad.

Sin embargo, Heriberto Treviño Cantú, coordinador de la bancada del PRI y promovente de la iniciativa considero necesario modificar la ley para incluir las nuevas modalidades que dan acceso a la nicotina y que son igualmente perjudiciales.

Se robustece el marco normativo aplicable en cuanto a la prohibición de poner este tipo de productos al alcance de menores de edad, es decir, que el Código Penal del Estado se suma a una reforma aprobada por el Congreso a la Ley de Salud del Estado, en donde se prohíbe la venta por cualquier medio de estos dispositivos a los menores de edad”.

“Esto plantea incluir a los dispositivos inhalantes, junto al tabaquismo, como las conductas que están prohibidas, junto al inducir, incitar, suministrar o propiciar a los menores de edad, por ser nocivos para su salud, por consecuencia se propone ampliar el alcance de la ley respecto a la corrupción de menores”, señala el dictamen aprobado.

De acuerdo con la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) y la Secretaría de Gobernación está prohibido el uso de vapeadores porque contienen sustancias toxicas que dañan el organismo.

De acuerdo a reportes de salud, los vapeadores contienen cancerígenos y sustancias tóxicas que representan un grave riesgo a la salud de las niñas, niños y adolescentes en particular, la cual afecta el desarrollo del cerebro sobre todo las áreas que controlan la atención, el aprendizaje, el estado de ánimo y el control de los impulsos”, indicó.

De tal forma que al modificar el artículo 196 del Código Penal se tipifica como delito de corrupción de menores quien induzca, incite, suministre o propicie el tabaquismo o el consumo de dispositivos inhalantes que contengan nicotina.

Es necesario no bajar la guardia, hay que redoblar esfuerzos, para prevenir lo que es prevenible, y empezar con nuestras niñas, niños y adolescentes si evitamos que ellos consuman este tipo de productos nocivos para su salud y así tendrán una mayor oportunidad de crecer libres de enfermedades que pongan en riesgo su vida”, recalcó Treviño Cantú.