Por: Jorge Maldonado Díaz

Una iniciativa de reforma a los Códigos Penal y Civil, es la que presento la bancada del PRI para sancionar con prisión y la pérdida de la patria potestad a cualquiera de los cónyuges que incurra en falsedad de declaraciones en la solicitud de las órdenes de protección o alguna medida cautelar, con el único fin de perjudicar al otro.

La Diputada local del PRI, Alhinna Vargas García señalo que con esto se contribuye a garantizar el interés superior de la niñez, como se establece en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la del Estado

Es una práctica común brindar órdenes de protección de manera anticipada a una determinación judicial, cuando existe el temor fundado de una agresión en el seno familiar por alguno de los cónyuges”, argumento.

Comentó que es usual que a la sola petición unilateral de alguno de los cónyuges, el Agente del Ministerio Público lo solicite de inmediato al Juez competente, para evitar que se cometan actos de violencia en el seno familiar.

Lamentablemente, en muchos casos se ha abusado en el uso de estas figuras, pues es cada vez más evidente que los hechos expuestos para solicitarlas, son exagerados o lo que es más grave, son hechos inexistentes o falsos, que se aducen con el único fin de causar daño a uno de los cónyuges, para así obtener un resultado indebido con relación a la custodia, convivencia y pensión alimentaria de personas menores de edad; lo que deriva en una violación al interés superior del menor”.

“No cabe duda que se deben mantener estas medidas precautorias bajo los principios de buena fe procesal y de urgencia para garantizar la integridad de las personas sujetas a violencia; sin embargo, es también urgente replantear la estrategia para evitar que las órdenes de protección se soliciten con base en hechos falsos o inexistentes”, añadió.

La legisladora consideró la necesidad de establecer como obligatorio que todo interesado, incluyendo los abogados, que, desde el primer escrito, la diligencia o audiencia en que intervinieran, se identifiquen y rindan protesta de conducirse con verdad.

Una vez llevado a cabo esto, el Juez debe de darles a conocer las penas que se imponen a quienes declaran con falsedad, y que, en ese caso, advertirles que le estaría dando aviso al Ministerio Público.

En la iniciativa que presento se establece que las órdenes de protección y otras medidas relacionadas, podrán quedar sin efectos si se prueba la falsedad en las declaraciones vertidas; y como consecuencia, de la comisión de ese delito, se perdería el derecho de ejercer la patria potestad” concluyó la Diputada Vargas García.