Nuevos desarrollos habitacionales deberán garantizar transporte público

0
469

Por: Jorge Maldonado Díaz

Monterrey.- Para evitar más problemas en los fraccionamientos de reciente creación sobre todo en los municipios periféricos, dentro de la nueva Ley de Movilidad, los diputados del Congreso Local contemplaron que para la aprobación de estos se debe de garantizar el servicio de transporte para los habitantes de los desarrollos habitacionales.

Para tal efecto, el nuevo Instituto Estatal del Transporte se dará a la tarea de revisar esta situación tal y como lo dictará la nueva ley en su artículo 10.

Para esto trabajaran en coordinación con las autoridades municipales quienes darán aviso sobre los nuevos desarrollos, y ambas instituciones decidirán si se les otorgan los permisos o no.

“Para la aprobación de los nuevos desarrollos habitacionales, deberá contarse con la aprobación de la factibilidad del servicio de transporte público de pasajeros emitida por el Instituto, en el que se valorará el estudio de movilidad presentado por el desarrollador de acuerdo a lo establecido en la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano para el Estado”.

“En caso de aprobarse la factibilidad en la misma se establecerán las medidas necesarias para proporcionar un servicio de calidad a los usuarios y de acuerdo a las tarifas establecidas por el Instituto”, señala el dictamen circulado.

El proyecto emitido por las Comisiones de Desarrollo Urbano y Desarrollo Metropolitano, ambas encabezadas por diputados panistas establece que si el fraccionamiento no aprueba este requisito dispondrán de alternativas.

En este caso, los desarrolladores podrán obligarse mediante un convenio con el Instituto, como medida de adaptación a proporcionar con cargo al desarrollador los servicios de transporte para el nuevo desarrollo.

Esto mientras el Instituto determina si existe la demanda que justifique la prestación del servicio público en las condiciones tarifarias y de calidad establecidas para el resto de las rutas, lo anterior con base en lo que señale el Reglamento.

En caso de que los traslados tengan que realizarse recorriendo tramos de jurisdicción federal en todo caso deberá justificarse el contar con las autorizaciones federales conducentes para la celebración de los convenios referidos.

“En ningún caso podrán autorizarse desarrollos habitacionales nuevos sin contar con la factibilidad del servicio de transporte público de pasajeros, o haberse obligado mediante el convenio de medidas de adaptación a que se refiere el presente artículo”, cita el texto.

Además, en la etapa de construcción de los desarrollos nuevos autorizados, donde no se cuente con el servicio de transporte público de pasajeros, las empresas constructoras o desarrolladoras deberán presentar un programa de traslado de personal para su aprobación por parte del Instituto, en los términos del reglamento.

Se espera que el documento que presentaron los legisladores panistas se someta a aprobación este lunes, con o sin el aval de la Comisión del Transporte, para luego subirlo al pleno probablemente el martes.