CDMX. – La medida cautelar concedida a Ovidio Guzmán, hijo del capo Joaquín «El Chapo» Guzmán, por el Juzgado Quinto de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México, es para el efecto de que no sea extraditado y continúe a disposición de este órgano jurisdiccional de amparo en el penal donde está preso.
La suspensión definitiva no implica que el proceso de extradición se detenga.
No obstante, el juzgador negó a Guzmán López, detenido el 5 de enero en la capital sinaloense, la suspensión definitiva solicitada contra la orden de detención con fines de extradición de 25 de septiembre de 2019; dado que le reviste el carácter de consumados y produjo sus efectos de modo irreparable.
Lo anterior, en razón de que el 5 de enero, se llevó a cabo su detención por el Ejército, y al día siguiente, se celebró la audiencia informativa de extradición, en la cual el juez de Control adscrito al Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de México, con residencia en Almoloya de Juárez, Estado de México, decretó su detención formal de manera provisional.
En ese sentido, señaló el juzgador, resulta imposible decretar la suspensión solicitada, al ser actos consumados de manera irreparable.
Cabe recordar que el 25 de septiembre de 2019, la Dirección de Procedimientos Internacionales de la Fiscalía General de la República (FGR), hizo llegar al Centro de Justicia Penal Federal con residencia en Almoloya de Juárez la solicitud de detención provisional con fines de extradición internacional contra Ovidio Guzmán López, presentada por el gobierno de los Estados Unidos.