Por: Jorge Maldonado Díaz

Por unanimidad, la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revoco la resolución que aprobó la coalición Fuerza y Corazón por Nuevo León, al señalar que el Partido Acción Nacional no aprobó el acuerdo en tiempo y forma.

De tal forma que los magistrados ordenaron al Tribunal Estatal Electoral emitir una nueva resolución.

Lo anterior nace de una denuncia interpuesta por el partido de Morena ante el tribunal electoral en contra de la coalición conformada por el PRI, PAN y PRD

Entre los argumentos presentados en la demanda, se enfoco en el acuerdo que aprobó el registro de la Coalición Fuerza y Corazón por México y Nuevo León carecía de fundamentación y motivación de vida dada la normativa legal y reglamentaria atendible, en donde concedía una prórroga no solo excesiva sino incluso carece de sustento en el modelo legal con el colisiona.

En el proyecto se propone revocar la resolución impugnada porque a diferencia de lo señalado por el tribunal local, se considera que tiene razón Morena en lo esencial conforme a los criterios de la Sala Superior en el caso de la normatividad del PAN, para que se emita un acuerdo p resolución que tenga por aprobada en definitiva una coalición, es necesaria la aprobación por parte de la Comisión Permanente de Nacional”.

“Porque si bien se a reconocido la posibilidad de que el presidente emita una providencia para tal efecto, precisamente por su naturaleza provisional únicamente puede generar una aprobación condicionada, ciertamente como se razona en el proyecto el otorgamiento en si de un tiempo para que el órgano permanente partidista resolviera en definitiva sobre las coaliciones validas, pero como alega el impugnante es excesivo el plazo superior a un mes originalmente otorgado para contar con la determinación definitiva de la coalición”.

“Porque conforme a una visión garante de los valores jurídico electoral mexicano, principalmente de los principios de certeza y definitiva existe la necesidad de una definición oportuna de las modalidades y condiciones de participación de cada partido, para los demás partidos e incluso de las candidaturas del partido en cuestión, por tal motivo la ponencia propone y ordena al tribunal local emitir una nueva sentencia garantizando dichos principios”, señala la resolución

Claudia Valle Aguilasocho, magistrada presidenta de la Sala Superior dijo estar de acuerdo con el proyecto al señalar que el Tribunal Estatal Electoral debió haber atendido la queja por los agravios de inconformidad se le hicieron valer, pero omitió esto faltando al principio de exhaustividad y de congruencia.

Tras la resolución, la Sala Superior del TEPJF le otorgo al Tribuna Estatal un plazo de 24 horas para que emita una nueva resolución para atender la demanda interpuesta por Morena por los agravios que se cometieron.