Por: Jorge Maldonado Díaz

Con el fin de prevenir y combatir con mayor eficacia los hechos violentos dentro y fuera de los planteles educativos, la bancada del PRI en el Congreso local presentó iniciativa de reforma a la ley para Prevenir, Atender y Erradicar el Acoso y la Violencia Escolar, dado que actualmente es omisa para fijar sanciones específicas.

Heriberto Treviño Cantú, coordinador de la bancada, dijo que esto era necesario tras el ataque que sufrió un menor de edad por compañeros estudiantes de un a secundaria en el municipio de Juárez.

El diputado explicó que que la ley no especifica sanciones, sino que las deja a criterio de las autoridades escolares, lo que podría derivar en impunidad y reincidencia en contra del agredido.

“Los hechos ocurridos en la Secundaria 9 del municipio de Juárez nos obligan a actuar desde el Congreso del Estado, porque no podemos permitir que algo así vuelva a ocurrir, cuando el estudiante estuvo en riesgo de perder la vida, tenemos que velar por el interés superior del menor”, expuso.

“Estoy proponiendo una iniciativa de reforma a la Ley para Prevenir, Atender y Erradicar el Acoso y la Violencia Escolar para establecer sanciones claras, como la amonestación privada, la suspensión de asistencia a clases de 1 a 7 días y la transferencia de grupo, turno u otra escuela para los estudiantes agresores” puntualizó.

Treviño Cantú explicó que la reforma también plantea la posibilidad de canalizar a los acosadores a instituciones de apoyo psicológico; y en caso de que el agresor sea un docente o autoridad escolar se daría vista a la autoridad correspondiente.

“Además, los padres de familia o tutores de los generadores de acoso escolar tendrán la obligación de llevar a estos a los tratamientos psicológicos y médicos recomendados por las autoridades a fin de atender la problemática, hasta la conclusión de la terapia”, añadió.

La iniciativa, que ya fue presentada en la Oficialía de Partes del Poder Legislativo, contempla modificar los artículos 67, 68 y 69, además se adicionan los artículos 67 Bis, 68 Bis, 69 Bis, 69 Bis I y 69 Bis II, en la Ley para Prevenir, Atender y Erradicar el Acoso y la Violencia Escolar del Estado.

“La reforma que propongo busca reafirmar el compromiso de que todas las escuelas del Estado y sus alrededores sean espacios seguros, para que los estudiantes neoleoneses gocen de un desarrollo integral, con un respeto irrestricto de sus derechos fundamentales”.

Otros aspectos que contiene la reforma es que se considerarán violaciones a la Ley cuando se realice, tolere o consienta el hostigamiento, acoso, represalias o cualquier otro tipo de violencia dentro o fuera de la escuela.

También se sanciona el ocultar a los padres o tutores de las víctimas los casos de acoso, así como no denunciar o dar aviso oportuno a las autoridades competentes de los incidentes que se realicen al interior o dentro del perímetro de la escuela.

Por último, para implementar estos cambios, se establece que los Reglamentos de Disciplina Escolar de cada institución educativa, así como el Plan General de Prevención y los Programas de Atención Integral y de Prevención deberán adecuarse a lo previsto en la reforma en un plazo no mayor a 180 días de su publicación.