Prohiben carretones tirados de equinos y confinamiento de animales en azoteas

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Jorge Maldonado Díaz

Monterrey.-La Comisión de Medio Ambiente del Congreso del Estado aprobó este martes el dictamen que contiene reformas a la Ley de Protección y Bienestar Animal, que contempla sanciones por zoofilia, abandono y violencia en contra de las mascotas, y se prohíbe el uso de equinos para carretones.

Esta serie de modificaciones han sido producto de las propuestas realizadas por los legisladores de las distintas bancadas en el Congreso Local, pero también de una serie de encuentros y mesas de trabajo con especialistas y organizaciones de la sociedad civil que trabajan por la protección a los animales.

De acuerdo con el dictamen avalado por unanimidad las sanciones contra las personas que cometan este tipo de actos van desde las 50 a 10 mil Unidad de Medida de Actualización (Umas), que representan 849 mil pesos como monto máximo, y la reparación de daño, que trae consigo el pago de la atención médica.

La diputada Ivonne Bustos Paredes señaló que es importante tener en claro que también será sancionado confinar un animal en viviendas deshabitadas o en patios, azoteas, balcones, terrazas o cualquier otro lugar similar, sin la adecuada supervisión, alimentos, agua, cuidados veterinarios.

“Queda prohibido todo acto de zoofilia en la ley y con una sanción correspondiente, aquí vamos a tocar base con la comisión de justicia para hacer lo conducente, nada más respecto al Código Penal, cabe señalar que ya hay sanciones previstas, lo único que hay que prever es que no se contraponga a ninguno de los artículos previamente enlistados en dicho código.

“El abandono está también ya contemplado como maltrato animal y sujeto de sanciones en caso de incumplimiento”, dijo Bustos.

A los recolectores de basura, conocidos como carretoneros, se les dará un plazo de 180 días para modificar el tipo de vehículo con que cuenta, es decir, dejar el carretón comúnmente jalados por equinos y acceder a otro vehículo motorizado, ya que quedará prohibido el uso de estos animales para ese fin.

Esta nueva ley, de aprobarse, contempla la regulación en las labores de establecimientos como veterinarias, estéticas o cualquier otro espacio en el que se brinde servicio a los animales, incluidos los centros de control animal, en los que se regulará de especial manera el tema del sacrificio humanitario.

Sin embargo, esta nueva normativa no contempló la prohibición de corridas de toros, peleas de gallos y aves en jaula, como es el caso de cotorros, pericos y pájaros.

“En este dictamen los animales de espectáculos, como son gallos, toros, charrería, no fueron objeto de discusión, sí en materia de una de las iniciativas, la promovente estuvo de acuerdo en que ese tema se vería en una iniciativa particular al respecto, toda vez que hay una serie de situaciones que no se han cubierto”.