Por: Jorge Maldonado Díaz
Una iniciativa de reforma a la Ley Estatal de Salud es la que presento la bancada del PRI en el Congreso Local para que por ley las autoridades sanitarias, centros hospitalarios, laboratorios y consultorios médicos del estado lleven a cabo el manejo adecuado de los residuos biológico-infecciosos.
La diputada Gabriela Govea López precisó que durante la pandemia de COVID 19 se impulsó el fortalecimiento de las medidas de higiene personal y colectiva, los protocolos sanitarios, las campañas de vacunación, sin embargo, aún queda pendiente el manejo adecuado de los residuos peligrosos biológico-infecciosos a nivel nacional ya que actualmente solo se realiza cumpliendo las normas oficiales.
“La reforma a la Ley Estatal de Salud plantea que los establecimientos estatales, municipales y privados que presten atención médica, como clínicas, hospitales, consultorios médicos, laboratorios clínicos y laboratorios de producción de agentes biológicos lleven a cabo el envasado y almacenamiento de los residuos peligrosos de forma segura”.
“Aún y cuando todos los procedimientos se estaban realizando bajo el ordenamiento de normas oficiales es necesario dejar asentado en la ley que todos los residuos que se generen como sangre, instrumentos punzo cortantes, cultivos y tejidos tengan todo un procedimiento en la separación, la identificación, envasarlos para su eliminación como debe de ser en algunas ocasiones se realiza a temperatura muy alta, con incineración pero que todos nos aseguremos que este proceso se lleve a cabo en todos los rincones para proteger al ser humano y al medio ambiente”, apuntó.
La iniciativa de reforma que fue presentada en la Oficialía de Partes contempla modificar el artículo 4 y agregar artículo 98 Bis 3, de la Ley Estatal de Salud para que los establecimientos estatales, municipales y privados que presten atención médica, como clínicas y hospitales, así como laboratorios clínicos y laboratorios de producción de agentes biológicos, se sujeten a las siguientes disposiciones.
“Los responsables están obligados a la identificación de los residuos, así como de su envasado adecuado. Deberán destinar lugares apropiados para el almacenamiento temporal de los residuos que sean accesibles para su fácil recolección y transporte externo”.
“Para el cumplimiento de esta disposición los establecimientos y las autoridades sanitarias deberán observar en todo momento el cumplimiento de las normas oficiales mexicanas aplicables”, agregó.