Por: Jorge Maldonado Díaz
Para reforzar el ordenamiento de un juez al gobierno federal para vacunar a menores de 12 a 17 años de edad, la bancada del PAN del Congreso Local solicitó a la Comisión Estatal de Derechos Humanos realizar un pronunciamiento con respecto a la inoculación de niñas, niños y adolescentes en el esquema de vacunación que tiene el Gobierno Federal.
Las diputadas Itzel Castillo Almanza y Paola Coronado Ramírez, presentaron el escrito en las oficinas de la CEDH en el cual establecían que la vacunación era un derecho humano universal, y no existe una razón para que los adolescentes de entre 12 y 17 años sean excluidos, sobre todo cuando existen pruebas científicas que pueden ser inoculados.
Como se recordará, por primera vez, la juez Claudia Gámez Galindo ordenó al Gobierno mexicano vacunar a todos los menores de edad de 12 a 17 años contra Covid-19, sin importar su condición de salud y emplazó al gobierno federal a la modificación del Plan Nacional de Vacunación en un plazo de 48 horas.
En el documento, las legisladoras panistas establecen que la política nacional de vacunación contra el Covid19, en conjunto con el Programa de Inmunización con motivo de la Pandemia que inició el Sector Salud en enero del 2019 no se autoriza aplicación de la dosis Pfizer para este grupo etario, por lo que consideraron que era discriminatorio.
“Realiza actos discriminatorios para dicho grupo, vulnerando el derecho humano a la salud y a la vida; lo que genera afectación al grupo de menores de 12 a 17 años de edad”, agrega el escrito.
Bajo ese concepto, precisa el documento, es obligación del Estado Mexicano salvaguardar el derecho a la salud contenida en el numeral cuatro constitucional, para lo cual deben emitirse las resoluciones necesarias para lograr este fin.
“Asimismo el artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales, disponen lo siguiente: los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona el disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental”, se indica.
En base al Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, se añade que el Derecho a la Salud impone al Estado las obligaciones de garantizar que sea ejercido sin discriminación alguna y de adoptar las medidas para su plena realización.
“Del artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, según el cual toda persona tiene derecho a la salud, derivan una serie de estándares jurídicos de gran relevancia”, apunta el documento.
Asimismo, establece que la Observación General número 14 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la Organización de las Naciones Unidas, dispone que el derecho a la salud garantiza pretensiones en términos de disponibilidad, accesibilidad, no discriminación, aceptabilidad y calidad de los servicios de salud.
En este sentido, las Diputadas Itzel Castillo y Paola Coronado pidieron garantizar que el derecho a la salud sea ejercido sin discriminación alguna y de adoptar medidas para su plena realización, que deben de ser deliberadas y concretas.