Por: Jorge Maldonado Díaz
Para acabar con el desorden provocado por una mala planeación en la reestructuración del transporte urbano, la bancada del PAN en el Congreso Local propuso la regulación de rutas de camiones a fin de dar un mejor servicio a los ciudadanos que se ven afectados en sus tiempos de espera y traslados.
El diputado Miguel García Lechuga dijo que se trata de la adición del Artículo 70 Bis a la Ley de Movilidad Sostenible, de Accesibilidad y Seguridad Vial para el Estado.
La reforma plantea que queda prohibida la cancelación, suspensión, fusión o modificación sustancial de rutas del Sistema Estatal de Transporte Metropolitano y del Sistema Estatal de Transporte de Ruta Alimentadora sin que previamente se cumplan los siguientes requisitos:
La existencia de un dictamen técnico-operativo elaborado por el Instituto, en el que se evalúe el impacto en tiempos de espera, suficiencia de unidades y demanda de pasajeros. Este dictamen deberá garantizar que cualquier modificación no incremente los tiempos de espera.
La realización de una consulta a la ciudadanía afectada verificable en las zonas afectadas, con participación de personas usuarias, en donde se exponen alternativas y justificaciones claras para la modificación de rutas.
La garantía de continuidad operativa, asegurando que toda fusión o modificación de rutas mantenga frecuencias mínimas aceptables, el número suficiente de unidades y operadores, así como la distribución territorial de los recorridos sin reducir la conectividad de las colonias afectadas.
La implementación simultánea de una ruta alternativa, en caso de cancelación o modificación sustancial, con cobertura, frecuencia y conectividad equivalentes a la ruta original. Esta sustitución deberá ser aprobada por el Instituto y comunicada públicamente con al menos quince días naturales de anticipación.
En los casos en que una ruta sea modificada sin cumplir este procedimiento, o si la reducción de unidades provoca tiempos de espera superiores a los 40 minutos en condiciones normales, el Instituto tendrá la obligación de habilitar rutas emergentes en un plazo no mayor a veinticuatro horas, asegurando el servicio en las zonas afectadas mediante operación directa o concesión temporal.
La iniciativa señala que toda cancelación, fusión o modificación realizada sin observar este procedimiento será considerada una afectación grave al derecho a la movilidad, dando lugar a sanciones conforme a las disposiciones aplicables.
“Con la llegada de los nuevos camiones verdes, adquiridos por el Gobierno del Estado como parte de su estrategia de modernización del transporte, se esperaba una mejora sustancial en la calidad del servicio. Sin embargo, la realidad ha sido otra: en lugar de contar con más unidades, la cantidad de autobuses disponibles ha disminuido, y con la fusión de ramales, los tiempos de espera han aumentado de manera alarmante”, puntualizó.