Por: Jorge Maldonado Díaz
Para asegurar que los planteles educativos cuenten con el suministro de agua necesario para sus actividades y evitar enfermedades, la bancada del PAN del Congreso Local presentó una iniciativa de reforma a la Ley de Educación del Estado.
El Diputado Félix Rocha Esquivel dijo que esto era necesario para que se garantice el vital líquido en las escuelas a través de la conexión a la red de Agua y Drenaje y con la instalación de medios de almacenaje.
Se trata de reformas a las fracciones V, VI, VII y VIII del artículo 90; y se adiciona la fracción IX del artículo 90, todos de la Ley de Educación del Estado.
“El Artículo 90 señala que es obligación de la autoridad educativa estatal, garantizar en que las instalaciones educativas cuenten con la infraestructura, equipamiento, operación y mantenimiento”.
“Que asegure el acceso al agua potable en forma inmediata, segura, gratuita y suficiente en libre demanda”., expuso
El Diputado albiazul subrayó la importancia de que los planteles educativos no se queden sin el vital líquido.
“Que el Estado, en este caso la autoridad educativa Estatal, garantice que las escuelas cuenten con agua potable esto es que se conecten las que no estén conectadas a la red de Agua y Drenaje”.
“Y en su caso de que estemos sufriendo una crisis como estamos sufriendo actualmente del agua del que se garanticen los medios de almacenaje para que las escuelas no se queden sin agua”.
“La Secretaria de Educación anunció que iban a instalar más de dos mil tinacos, hay más de tres mil planteles educativos y no es suficiente; algunas escuelas no les ha llegado el tinaco o se les dejó el tinaco y no se les instaló lo que queremos es garantizar que la Secretaría de Educación las dote del equipamiento necesario para que las escuelas no se queden sin agua”, añadió Rocha Esquivel.
En un Artículo Segundo transitorio de la iniciativa presentada por el legislador del PAN, se señala que el Gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, deberá dotar los recursos financieros, materiales y humanos para el debido cumplimiento.
Asimismo, deberán contemplar en el presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal correspondiente, la asignación y garantía de la suficiencia presupuestal, para la consecución del presente Decreto.