Monterrey, NL
El nuevo órgano, que dará vista a quejas y denuncias contras funcionarios públicos del Congreso por actos de posible responsabilidad administrativa, fue aprobada por el pleno este lunes con la oposición de los partidos minoritarios.
En total fueron 33 votos a favor y 8 en contra.
Su titular será propuesto por la Comisión de Control y Régimen Interno y deberá ser validado por la totalidad de las bancadas, además de cumplir los mismos requisitos que el Tesorero.
Entre otras funciones la contraloria investigará, elaborará un informe y sustanciará los procedimientos de responsabilidad, resolverá sobre faltas no graves y presentará denuncias en las instancias correspondientes en caso de haber otro delito.
Tras la votación, los diputados Luis Donaldo Colosio, Horacio Tijerina, Mariela Saldívar y Karina Barrón, de Movimiento Ciudadano; Claudia Tapia y Arturo Bonifacio de la Gaza, de Morena; Ivonne Bustos, del PVEM; Tabita Ortiz, del PES; Maria Dolores Leal, de Nueva Alianza, y Asael Sepúlveda, del PT, ofrecieron una rueda de prensa.
«Esto es una simulación porque se va a elegir a alguien a modo, que no va a tener facultades suficientes, y las pocas que tenga van a ser usadas de manera facciosa», dijo Colosio.
Las funciones específicas que tendrán son:
• Investigar los actos de posible responsabilidad administrativa de los servidores públicos del Congreso del Estado y elaborar el informe que refiere el artículo 80, fracción IV de esta Ley.
• Sustanciar los procedimientos de responsabilidad administrativa en contra de servidores públicos del Congreso del Estado.
• Coadyuvar con el Tesorero para el correcto manejo de las finanzas del Poder Legislativo.
• Resolver los procedimientos de responsabilidad administrativa, en faltas no graves, de acuerdo con las leyes generales y estatales en la materia y demás legislación aplicable y comunicar dicha resolución a la Comisión de Coordinación y Régimen Interno, para efectos de resolución.
• Presentar las denuncias correspondientes ante el Ministerio Público competente, en los casos en que, derivado de sus investigaciones, acontezca la presunta comisión de delitos.
• Las demás que le concedan la legislación federal y estatal aplicable.
• En ningún caso podrán reunirse en los mismos servidores públicos las facultades de investigación con las de substanciación y resolución en materia de responsabilidad administrativa de los servidores públicos.