Por: Jorge Maldonado Díaz

Para dotar a las autoridades de un mecanismo que facilite la supervisión y el control de las obligaciones que deben de cumplir quienes presten un servicio de transporte público, ya sean camiones o taxis, la bancada de Movimiento Ciudadano presento una iniciativa de reforma a la Ley de Movilidad Sostenible y Accesibilidad de Nuevo León.

La diputada Brenda Sánchez aseveró que desafortunadamente en Nuevo León los accidentes viales en que participan los camiones urbanos son cosa de todos los días.

Aseveró que en muchas ocasiones los pasajeros afectados en un percance quedan a la deriva pues los transportistas no cumplen con los requisitos indispensables para ofrecer el servicio, lo que ocasiona que ni siquiera puedan hacer uso del seguro contra accidentes que respalda a los usuarios.

Los camiones chocan y no se hacen responsables tras el accidente, por eso la gente anda luego batallando para poder atenderse o remediar los daños”.

“Nuevo León es uno de los primeros lugares a nivel nacional en accidentes viales, de acuerdo con el INEGI. Durante el año 2018 ocurrieron un promedio de 20 accidentes viales por día en el que participaron vehículos del transporte público”.

“Precisamente a causa de estas estadísticas es que se implementó en la Ley de Movilidad y en diversos ordenamientos el que los vehículos que presten el servicio cuenten con seguro de responsabilidad civil obligatorio para garantizar la reparación de los posibles daños provocados a los pasajeros y a terceros”, añadió.

La legisladora señaló que por desgracia, a veces esos seguros no pueden hacerse válidos porque no se cumple con las obligaciones señaladas en cuestiones tan básicas como traer tarjeta de circulación.

Por tal motivo dijo que la propuesta que presento era una iniciativa que plantea una adición al Artículo 150 de la Ley de Movilidad Sostenible y Accesibilidad de Nuevo León.

El documento plantea que, con el fin de generar una base de datos, el Instituto de Movilidad deberá recabar dentro de la información general de los concesionarios, permisionarios y vehículos que prestan el servicio.

Dicha base deberá de contar con el nombre y la denominación de la persona física o moral a la que se le otorga el permiso o concesión, domicilio y datos de contacto.

Así como el sistema de transporte y modalidad del servicio o infraestructura de que se trate, la vigencia del permiso o concesión y el número de vehículos y/o infraestructuras que ampara el permiso.

También las características de los vehículos o infraestructuras, los datos de identificación de los vehículos (número de serie y placas de circulación), el nombre de la compañía aseguradora contratada, número de póliza de seguro, el tipo de cobertura contratada y la fecha de vencimiento de la póliza de seguro.

También se contempla que terminado el plazo de vigencia de la póliza de los vehículos que prestan el servicio, ésta deberá ser renovada de inmediato por el permisionario o concesionario, dando aviso al Instituto dentro de los tres días hábiles siguientes al del vencimiento, acompañando copia de la renovación de la póliza”.

“La omisión en el aviso por parte del permisionario o el concesionario al Instituto de la renovación de la póliza de seguro será sancionada con una suspensión del permiso o concesión de cuando menos 30 días naturales”, detalla la iniciativa.