Por: Jorge Maldonado Díaz
A fin de que se cumpla lo dispuesto en la Ley Ambiental y en la Ley de Asentamientos, en lo referente al arbolado de los fraccionamientos, el Grupo Legislativo del PAN solicitó a los 51 ayuntamientos del Estado, un inventario de los árboles sembrados para asegurar que los desarrolladores siembren un árbol por cada casa edificada.
El exhorto fue presentado por el Coordinador de los Diputados del PAN, Carlos de la Fuente Flores en sesión ordinaria.
En el Punto de Acuerdo, se señala en primera instancia, que los Ayuntamientos deberán de exigir a los desarrolladores de fraccionamientos habitacionales, la plantación de árboles nativos de la región los cuales deben contar con una medida específica, que consiste en un grosor de 7.5-siete puntos cinco centímetros y medio y debe medir no menos de 1.5 un metro con treinta centímetros de altura”.
Esta obligatoriedad en ningún caso podrá ser conmutada por el pago de cantidad en moneda o en especie, esto para efecto de dar cumplimiento a lo establecido en la fracción X del artículo 213 de la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano para el Estado de Nuevo León.
Lo anterior, con el fin de cubrir de arbolado urbano a nuestros municipios y así poder obtener los beneficios que nos brinda la misma naturaleza.
Además, dentro del Programa de Ordenamiento Ecológico Local, se pide lleven a cabo los inventarios de manera quinquenal y publicar los resultados en la página de internet, en la gaceta del municipio.
Incluso deberán de ser integrados al Sistema Estatal de Información Ambiental y de Recursos Naturales para su consulta permanente, para efecto de dar cumplimiento a lo establecido a la fracción IV del artículo 24 y demás relativos de la Ley Ambiental del Estado de Nuevo León.
“En materia de arbolado urbano, de conformidad con la Ley Ambiental 25 de marzo del 2019, el Programa de Ordenamiento Ecológico Local busca que los inventarios se realicen de manera quinquenal, permitiendo identificar, cuantificar, clasificar y proteger a las especies de árboles situados en espacios público y bienes de dominio municipal privado”.
“Los resultados de cada inventario, deben ser publicados en la página de internet, en la gaceta del municipio, y serán integrados al Sistema Estatal de Información Ambiental y de Recursos Naturales para su consulta permanente”.
“De tal manera que un desarrollador no ofrezca recursos económicos para la compra de árboles al Gobierno municipal, ni ofrezca terreno que lo habitual sea de desecho. Al desarrollar un sector habitacional debe contemplar el espacio y las condiciones de la siembra de árboles que ellos plantarán para entonces entregar la obra al gobierno de la ciudad. Un árbol por cada casa nueva y un árbol por cada departamento nuevo, además de las áreas verdes comunes que establece la ley, es lo que requieren las familias”, puntualizó De la Fuente.