El juez Segundo Especializado en Competencia Económica, Juan Pablo Gómez Fierro, concedió la suspensión provisional en dos amparos promovidos por empresas privadas de energías renovables.
«La suspensión provisional que se concede es para el efecto de que se suspendan todas las consecuencias derivadas del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la LIE, publicado en el Diario Oficial el 9 de marzo de 2021», dice la resolución.
«A pesar de que (la suspensión) se solicitó solamente por una empresa, debe tener efectos generales, ya que de otorgar una medida cautelar con efectos particulares, es decir, solamente para la quejosa, este Juzgado no solo estaría otorgándole una ventaja competitiva frente a los demás participantes de la industria eléctrica sino que, además, podría ocasionar distorsiones en dicho mercado, afectando la competencia y el desarrollo del sector, que es uno de los efectos adversos que esta medida cautelar busca evitar», agrega.
La Ley, enviada por el Presidente Andrés Manuel López Obrador entró en vigor ayer, situación que motivó la inconformidad de los empresarios ya que da prioridad a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) sobre las demás empresas del sector.
El Congreso y el Ejecutivo pueden impugnar la suspensiones provisionales mediante queja ante un tribunal colegiado, que tendrá 48 hora para resolver.
Gómez Fierro decidirá en los próximos días si concede suspensiones definitivas, que congelarían los efectos de la reforma por tiempo indefinido.
Las suspensiones aclaran que sus efectos benefician a todos los participantes del mercado eléctrico mayorista y demás particulares que desarrollan alguna actividad regulada en el sector eléctrico o que están en trámites para ingresar a dicho sector, así como a los sujetos que se ubican en el régimen transitorio de la LIE vigente hasta antes del 9 de marzo.
Si bien la oposición en el Congreso presentará acciones de inconstitucionalidad contra esta reforma ante la Suprema Corte de Justicia, el Ministro al que se turne el caso no puede conceder una suspensión para detenerla temporalmente, de ahí la importancia de la decisión del juez Gómez Fierro.