Dejar a la «conciencia» del juez decidir si casa a personas del mismo sexo

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Jorge Maldonado Díaz

Monterrey.- Con el objetivo de que sea el Juez del Registro Civil quien pueda decidir, conforme a su conciencia, si casa o no a parejas del mismo sexo, el diputado de Morena Juan Carlos Leal presentó una iniciativa de reforma al Código Civil.

Durante su exposición ante el Pleno, el legislador dijo que la reforma busca incluir la “objeción de conciencia”, es decir, el derecho que tiene una persona de objetar una pretensión pública en lo individual o lo colectivo a un deber jurídico contenido en la Ley, teniendo como fundamento un imperativo ético o moral.

“El objeto de esta iniciativa es exponer el recorrido trazado por la jurisprudencia nacional e internacional en esta materia, con el ánimo de advertir, en especial dentro del contexto de la forma de decidir”.

“La iniciativa que presentamos contempla incluir en el Código Civil y la Ley de Salud, la conciencia de las personas a hacer o no hacer en el ejercicio de su trabajo y lo hacemos al homologar el 24 constitucional federal y el 18 de derechos humanos, que establecen que uno va realizar su trabajo dependiendo de su conciencia, y estamos protegiendo con ello a los médicos, si objetan realizar algún procedimiento y también los oficiales del Registro Civil”, expresó.

Leal Segovia puntualizó que el artículo 5 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que en el ejercicio de las profesiones o trabajo, nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin la justa retribución y sin su pleno consentimiento.

“A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. El ejercicio de esta libertad sólo podrá vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de tercero, o por resolución gubernativa, dictada en los términos que marque la ley, cuando se ofendan los derechos de la sociedad. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial”, expresó.

Agregó que, con un amparo, los médicos y jueces podrían no hacer esas acciones, pero la intención de la reforma es que quede establecido en el Código y la Ley.

“Por ejemplo, no se le puede obligar a un médico a realizar un aborto si el médico no la quiere realizar, o realizar la eutanasia si el médico no la quiere realizar y a los oficiales del Registro Civil, si no quiere casar a personas del mismo sexo, lo puede objetar y no realizarlo, la idea es que con ésta reforma se les proteja y no incurran en desacato”.

“La libertad de conciencia es y debe ser un derecho privilegiado inclusivo y absoluto y, por tanto, ilimitado en su ejercicio y no habrá lugar a un retraso excesivo en su desarrollo normativo”, indicó.