Jorge Maldonado Díaz
Monterrey.- Buscando que haya mayor atención a las iniciativas presentadas en el Pleno, así como un mejor análisis de las mismas al ser turnadas en las Comisiones que integran el Poder Legislativo, la diputada Claudia Tapia presentó una reforma al reglamento de Gobierno Interno del Congreso del Estado de Nuevo León.
En dicha iniciativa de reforma se pide que modifique artículo 24, fracciones III y XIII, y 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado de Nuevo León.
“El artículo 24 de dicho Reglamento marca las atribuciones del Presidente del Congreso, entre las cuales está: Dar curso legal y dictar los acuerdos que deban recaer sobre los asuntos que son competencia del Congreso, turnando a Comisiones los que estuvieren debidamente integrados y si no lo estuvieren, apercibir al promovente a fin de que la omisión sea subsanada. Esta disposición no es clara en cuanto a si el turno a Comisiones es facultad exclusiva del Presidente o si es una decisión que puede someter a votación del Pleno del Congreso”.
“Asimismo, el artículo 55 del Reglamento regula el supuesto de que: Cuando la materia de un asunto así lo requiera, éste podrá turnarse hasta a dos Comisiones de Dictamen Legislativo para que unidas lo estudien y resuelvan, salvo que, por excepción, el Pleno del Congreso acuerde que el asunto se turne a más de dos comisiones”, indicó la diputada local.
Señaló que la porción normativa que indica “podrá turnarse” deja al arbitrio total del Presidente del Congreso o, en su caso, del Pleno del Congreso si es efectivamente turnado un asunto a una o dos Comisiones y a cuáles además, este artículo no toma en cuenta en lo absoluto la solicitud del Promovente del asunto ni de los Presidentes de las Comisiones a quienes se les puede o debe turnar determinado asunto.
“Este último caso sucedió la semana pasada, el día 20 de febrero del año en curso, cuando presenté una iniciativa para modificar el Código Civil del Estado de Nuevo León a efecto de que se permita legalmente el matrimonio a las parejas del mismo sexo. Este caso fue un claro ejemplo de la arbitrariedad a la que está sujeta la decisión del turno de asuntos a las Comisiones. Todo depende de quién funja como Presidente del Congreso en esos momentos, lo cual deviene en inseguridad jurídica”.
“Tratándose de asuntos de urgente resolución es sumamente importante que las reglas sean claras para la dictaminación urgente, de forma que no se preste a que se aplace indebidamente la dictaminación de estos asuntos, o bien, se preste a que se entierren en la congeladora legislativa”, señaló Claudia Tapia
Esta Iniciativa de reforma al Reglamento propone regular claramente las reglas para el turno de asuntos, así como para la instrucción a las Comisiones para la dictaminación urgente del artículo 24, fracciones III y XIII, y 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado de Nuevo León.