Incluyen en la Ley la figura de extinción de dominio

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Jorge Maldonado Díaz

Monterrey.- Nuevo León se convirtió en el primer estado en aprobar  las reformas a los artículos 22 y 73 de la Constitución federal en materia de extinción de dominio.

La iniciativa consiste en incluir delitos como corrupción, encubrimiento, delitos cometidos por servidores públicos, delincuencia organizada, robo de vehículos, recursos de procedencia ilícita, delitos contra la salud, secuestro, extorsión, trata de personas y delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos.

Ramiro González, coordinador de la bancada de Morena aseveró que con esto se le da facultad al Congreso federal para crear una norma que rija a nivel nacional y en la que se incluya la figura de extinción de dominio en materias penal y civil.

 

“En este Congreso local, el día de hoy estamos contribuyendo y dando un paso muy importante en la cuarta transformación, pues por unanimidad se aprobó la minuta de una reforma constitucional federal en materia de extinción de dominio”.

“La bancada de Morena se avanza en la lucha contra la corrupción y la impunidad y con gran satisfacción puedo decir que Nuevo León es el primero en aprobar esta reforma que se aprobó en el Congreso federal en diciembre y pues lo está haciendo por unanimidad, son 17 Congresos locales los que tienen que aprobarla y Nuevo León es el primero”.

 

Se especificó en el dictamen aprobado que se garantizará a quien se considere afectado, el acceso a los medios de defensa adecuados para demostrar la procedencia legítima del bien sujeto al procedimiento de extinción de dominio.

 

“Al aprobar esta reforma se dará un avance importante en el combate a las formas ilícitas con las cuales se han obtenido bienes a través del tiempo, y si bien es cierto, los mismos bienes recuperados podrán pasar a ser propiedad del Estado mexicano, estos serán utilizados para el bien común de todos los mexicanos, además de que se podrán combatir con mayor éxito, entre otras cosas, la delincuencia organizada”.

 

“La acción de extinción de dominio se ejercitará por el Ministerio Público a través de un procedimiento jurisdiccional de naturaleza civil y autónomo del penal. Las autoridades competentes de los distintos órdenes de gobierno le prestarán auxilio en el cumplimiento de esta función”.

 

La Ley establecerá los mecanismos para que las autoridades administren los bienes sujetos al proceso de extinción de dominio, incluidos sus productos, rendimientos, frutos y accesorios, para que la autoridad lleve a cabo su disposición, uso, usufructo, enajenación y monetización, atendiendo al interés público, y defina con criterios de oportunidad el destino y, en su caso, la destrucción de los mismos” comentó el Diputado